| 25 de septiembre

Ushuaia: el Concejo Deliberante adhirió a la Ley Nacional de Accesibilidad a la Información en las Páginas Web

Los integrantes del Cuerpo deliberativo de Ushuaia sancionaron por unanimidad, durante la 8ª Sesión Ordinaria del año, una ordenanza mediante la cual el Municipio adhiere a la Ley Nacional Nº 26653.

Los integrantes del Cuerpo deliberativo de Ushuaia sancionaron por unanimidad, durante la 8ª Sesión Ordinaria del año, una ordenanza mediante la cual el Municipio adhiere a la Ley Nacional Nº 26653.
Se trata de la norma que regula la accesibilidad de la información en las páginas web, definida como "la posibilidad de que toda información presente en la página web oficial, pueda ser comprendida y consultada por cualquier persona con discapacidad".
A partir de la adhesión de la ciudad de Ushuaia a la Ley mediante la sanción de la ordenanza, el Ejecutivo Municipal, el Concejo Deliberante, el Juzgado de Faltas y todo ente perteneciente al Municipio, descentralizado o autárquicos, empresas prestadoras o contratistas de bienes y servicios, deberán respetar en los diseños de sus páginas web las normas y requisitos sobre accesibilidad de la información que faciliten el acceso a sus contenidos, a todas las personas con discapacidad.
"Los requisitos serán exigidos además a las organizaciones de la sociedad civil que sean beneficiarias o reciban subsidios, donaciones o celebren contrataciones de servicios con el Estado", sostiene la normativa sancionada durante la Sesión Ordinaria del pasado miércoles, estableciendo que "las normas y requisitos de accesibilidad serán determinadas por la Oficina Nacional de Tecnologías de la Información, debiendo actualizarse regularmente dentro del marco de obligaciones que surgen de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad".
El objetivo de la normativa es garantizarles la igualdad de oportunidades y trato, evitando todo tipo de discriminación, para lo cual los gastos necesarios en el marco de su implementación serán imputados en el presupuesto del año próximo, aunque la aplicación efectiva de la ordenanza deberá realizarse en un plazo menor a seis meses.
 
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